¿Qué son las «cartas del miedo» que envía hacienda ¿Qué tipos hay?

¿Qué son las "cartas del miedo" que envía hacienda ¿Qué tipos hay?

Aunque la campaña de la Renta haya terminado de manera oficial, aún está muy presente en los contribuyentes. Los últimos meses del año son los que emplea la Agencia Tributaria para enviar las conocidas como cartas del miedo de Hacienda.

¿Qué son las «cartas del miedo» que envía Hacienda?

En el año 2022 se enviaron más de 1,2 millones de estas cartas. Pero ¿sabes lo que son? ¿Qué implicaciones tienen? Te lo contamos desde nuestra asesoría, fiscal, laboral y contable Consulting Consulting Confislab en Palma de Mallorca ,para que tengas toda la información.

Esta carta es una notificación que envía Hacienda tanto a particulares como empresas para solicitar documentación adicional ante una posible irregularidad o incidencia en la Declaración de la Renta.

Estos documentos suelen llegar por correo postal certificado, pero la modernidad se abre camino y, si has facilitado tus datos, podrán enviártela por correo electrónico.

¿Qué son las cartas del miedo que envía Hacienda?¿Cuáles son los tipos que existen?
¿Qué son las cartas del miedo que envía Hacienda?¿Cuáles son los tipos que existen?

¿Cuáles son los tipos que existen?

Lo cierto es que no todas las cartas son iguales. Existen varios tipos diferentes en función de la situación en la que se encuentre tu expediente. Estos son los principales que debes conocer:

  • Carta informativa. Se presenta información sobre los motivos de la revisión de tu declaración. No es necesaria ninguna acción por tu parte.
  • Requerimiento. La recibirás si Hacienda percibe alguna discrepancia entre los informes con los que cuenta y la información que has facilitado. Por lo general, se solicita algún tipo de documentación y es obligatorio responder a ella.
  • Propuesta de liquidación. Llegará a tu domicilio cuando haya que modificar alguna información errónea.
  • Resolución. Indica que ha finalizado el procedimiento abierto.
  • Providencia de apremio. Indica una fecha de pago para la deuda generada. Debes responderla si quieres recurrir o aplazarla.
  • Diligencia de embargo. Esta notificación implica el cobro al instante de la deuda por embargo.
  • Inicio de investigación. Es una comunicación de la apertura del procedimiento y la solicitud de determinada información.
  • Expediente sancionador. Se trata de la confirmación oficial de una infracción fiscal y las consecuencias de esta.

Todas estas cartas suponen un quebradero de cabeza difícil de asumir. Es importante contar con una asesoría contable en Palma de Mallorca para entender exactamente el motivo por el que has recibido la notificación.

Ten presente que la Agencia Tributaria dispone de hasta cuatro años para realizar una revisión de la renta y abrir un expediente. Aunque suelen llegar a final de año, estas cartas pueden aparecer en tu buzón en cualquier momento.

¿Cómo se hace frente a las notificaciones de Hacienda?

Estas notificaciones suelen incluir un modelo de alegaciones que viene siempre adjunto. Deberás registrarlo en tu delegación en un plazo máximo de diez hábiles (puede variar en función del tipo de misiva) y tienes tres opciones diferentes:

  • Indicar una conformidad con lo recibido.
  • Señalar una disconformidad y presentar las alegaciones pertinentes.
  • Responder a través del portal digital de la Agencia Tributaria.

Desde Consulting Confislab, tu asesoría en Palma de Mallorca,  podemos ayudarte en en la gestión en aso de recibir una de las cartas del miedo de Hacienda. ¡Te daremos el mejor asesoramiento para tu caso!


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